Extranjería · Modificaciones familiares

¿Ha cambiado tu situación como familiar de una persona española o ciudadana de la UE?

La Hoja 57 permite revisar una nueva autorización cuando has cesado como titular de una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o de una autorización de familiar de persona española. El régimen de origen y la causa del cese importan.

La información pública es gratuita. El diagnóstico individual cuesta 49 € e incluye la revisión de tu situación, riesgos, documentación y siguientes pasos; si después contratas la gestión, se descuenta.

  • Revisión individual
  • Fuentes oficiales
  • Sin promesas falsas

En 30 segundos

Separa régimen de origen y autorización de destino

Estas cuatro respuestas ayudan a distinguir la Hoja 57 de la solicitud familiar inicial, la tarjeta permanente, la residencia independiente y una renovación ordinaria.

Origen
Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o autorización de familiar de persona con nacionalidad española.
Cese
Qué condición familiar terminó, cuándo ocurrió y qué prueba existe en la resolución, la tarjeta o el expediente.
Destino
Residencia no lucrativa, cuenta ajena, cuenta propia o residencia con excepción de trabajo, según el caso.
Formulario
EX-26 y documentación del régimen de origen y del destino; la vía se tramita sin visado cuando aplica el artículo 191.8.

Antes de empezar

¿Cuándo conviene revisar la Hoja 57?

La modificación parte de una autorización o tarjeta familiar previa y de un cese que debe poder acreditarse. No basta con que haya cambiado la relación personal: hay que ubicar el régimen, la fecha y el destino solicitado.

  • Eras titular de una tarjeta de familiar UE

    Tu residencia derivaba de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión y necesitas revisar qué autorización puede seguir al cese de esa condición.

  • Eras titular de una autorización de familiar español

    Tu residencia derivaba de una autorización de familiar de persona con nacionalidad española y la Hoja 57 puede orientar el cambio posterior cuando has cesado como titular.

  • Puedes explicar el cese y sus fechas

    Hay un fallecimiento, salida, ruptura, cancelación, cambio de condiciones u otra circunstancia que debe analizarse con la tarjeta, la resolución y las pruebas del caso.

  • Necesitas escoger un destino distinto

    Puede revisarse residencia no lucrativa, cuenta ajena, cuenta propia o residencia con excepción de trabajo, según los requisitos de la autorización de destino.

Modificar desde familia no es volver a solicitar la vía familiar

La autorización de origen y el destino son dos preguntas distintas

Esta página trata la modificación posterior al cese como familiar. No es la solicitud inicial de familiar de persona española, que puede usar EX-24, ni la tarjeta UE inicial o permanente, que puede usar EX-19. Tampoco es una residencia independiente automática, una renovación ordinaria, un cambio desde residencia no lucrativa, una simple renovación de la TIE o un arraigo familiar.

Requisitos y puntos clave

La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.

  • Identificar el régimen de origen

    Hay que distinguir una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión del régimen específico de familiar de persona española y comprobar qué documento estaba vigente.

  • Acreditar el cese y las condiciones generales

    La causa del cese, la residencia, los antecedentes, la situación de rechazable, el orden público y la salud pública deben revisarse con la documentación disponible.

  • Elegir autorización de destino

    La Hoja 57 contempla residencia no lucrativa, cuenta ajena, cuenta propia y residencia con excepción de trabajo; cada destino tiene requisitos adicionales propios.

  • Revisar tiempo, vigencia y efectos

    El tiempo de residencia legal y la duración de la documentación previa pueden influir en la cuenta ajena o propia, en la duración y en las pruebas exigibles. La vía se tramita sin visado cuando aplica el artículo 191.8.

  • Preparar EX-26 y presentación

    El modelo EX-26, la Oficina de Extranjería, Mercurio, la tasa 790 y quién está legitimado dependen del destino; cuenta ajena puede implicar también al empleador.

Documentación habitual

No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.

Ver documentación habitual
  1. Modelo oficial EX-26 cumplimentado y firmado por la persona extranjera, con los anexos que exija el destino.01
  2. Pasaporte o título de viaje, resolución, TIE y tarjeta de familiar UE o autorización de familiar español que permitan reconstruir el origen.02
  3. Prueba del vínculo y del cese: certificados, resoluciones, comunicaciones, prueba de convivencia, dependencia, custodia, fallecimiento, ruptura u otra circunstancia relevante.03
  4. Certificados de antecedentes penales y documentos sobre la residencia legal previa cuando el supuesto o la hoja informativa los exijan.04
  5. Para cuenta ajena, contrato condicionado, datos del empleador, solvencia, obligaciones tributarias y de Seguridad Social, cualificación y memoria cuando correspondan.05
  6. Para cuenta propia, actividad, proyecto, inversión, medios, experiencia o cualificación, licencias, colegiación y documentos de viabilidad cuando correspondan.06
  7. Para residencia no lucrativa o excepción de trabajo, medios, seguro, prueba del supuesto de excepción y antecedentes según la autorización solicitada.07
  8. Tasas, traducciones juradas, apostillas o legalizaciones de documentos extranjeros y justificante de presentación por Oficina de Extranjería o Mercurio.08

La Hoja 57 es orientativa y se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. El cese familiar, el régimen UE o español, la duración de la documentación, el divorcio, el fallecimiento, la violencia, la dependencia y la prueba del destino pueden requerir una derivación jurídica especializada; nada de esta página garantiza una autorización, un visado, un plazo o el derecho a trabajar.

Qué puedes esperar

El diagnóstico incluye

  • Revisión inicial del régimen familiar de origen, el documento vigente y la circunstancia del cese.
  • Comparación orientativa entre residencia no lucrativa, cuenta ajena, cuenta propia y excepción de trabajo.
  • Ordenación de EX-26, documentos principales, canal, tasas y siguiente paso de TIE.
  • Derivación cuando la ruptura, dependencia, violencia, custodia, antecedentes o representación exceden una preparación administrativa estándar.

Lo que no sustituye

  • No garantiza la concesión, el reconocimiento del cese, el visado, el derecho a trabajar ni el plazo de resolución.
  • No resuelve divorcios, custodia, violencia, dependencia, fallecimientos, sanciones, recursos ni litigios.
  • No incluye tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones, seguros, proyectos empresariales ni costes de terceros.
  • No equivale a una representación jurídica ni a una revisión completa de la autenticidad, convivencia o dependencia documental.

Así avanzamos contigo

  1. 01

    Reunimos el punto de partida

    Identificamos si tienes tarjeta de familiar UE o autorización de familiar español, su vigencia, la fecha y la documentación disponible.

  2. 02

    Precisamos el cese

    Ordenamos qué ocurrió, cuándo, qué relación o condición cambió y qué pruebas pueden sostener el supuesto.

  3. 03

    Comparamos el destino

    Revisamos no lucrativa, cuenta ajena, cuenta propia o excepción de trabajo y separamos sus documentos, tasas y efectos.

  4. 04

    Decides cómo avanzar

    Te explicamos si basta una preparación administrativa o si el caso necesita derivación jurídica especializada antes de presentar.

Oferta comercial

Precio y alcance por confirmar

La oferta comercial todavía está pendiente de validación con el catálogo maestro. Podemos orientarte sobre tu caso sin publicar un precio no verificado.

Precio pendiente de validación

Pendiente de catálogo

Incluye

  • Revisión inicial del régimen familiar de origen, el documento vigente y la circunstancia del cese.
  • Comparación orientativa entre residencia no lucrativa, cuenta ajena, cuenta propia y excepción de trabajo.
  • Ordenación de EX-26, documentos principales, canal, tasas y siguiente paso de TIE.
  • Derivación cuando la ruptura, dependencia, violencia, custodia, antecedentes o representación exceden una preparación administrativa estándar.

No incluye

  • No garantiza la concesión, el reconocimiento del cese, el visado, el derecho a trabajar ni el plazo de resolución.
  • No resuelve divorcios, custodia, violencia, dependencia, fallecimientos, sanciones, recursos ni litigios.
  • No incluye tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones, seguros, proyectos empresariales ni costes de terceros.
  • No equivale a una representación jurídica ni a una revisión completa de la autenticidad, convivencia o dependencia documental.

Tasas y costes externos

  • Tasas administrativas, traducciones, legalizaciones y terceros se confirmarían por separado cuando correspondan.
Fuentes oficiales

Información revisada con fuentes oficiales

Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.

Contenido revisado en 6 de agosto de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
22 de octubre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.

Mesa de orientación

Empieza por el documento familiar y la causa del cese

Cuéntanos si tienes tarjeta UE o autorización de familiar español, qué cambió, cuándo ocurrió y qué destino necesitas. Te explicamos el alcance y la posible derivación antes de preparar el expediente.

  • Una primera conversación sobre régimen de origen y cese
  • Revisión inicial de fechas, resolución, TIE y pruebas disponibles
  • Siguiente paso explicado sin prometer el reconocimiento de la vía

Enviar solicitud

La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.

El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

Respuestas antes de solicitar un diagnóstico.

¿Qué significa que haya cesado como familiar?

Significa que ya no mantienes la condición que sostenía tu tarjeta de familiar UE o tu autorización de familiar de persona española, según un supuesto que debe acreditarse y revisarse con sus fechas y documentos.

¿Es lo mismo una tarjeta de familiar UE que una autorización de familiar español?

No. La tarjeta UE y la autorización para familiares de personas españolas pertenecen a regímenes diferentes. La Hoja 57 las contempla como puntos de partida distintos y no permite intercambiar sus formularios o requisitos sin análisis.

¿Qué puedo solicitar después?

La Hoja 57 contempla, según el caso, residencia no lucrativa, residencia y trabajo por cuenta ajena, residencia y trabajo por cuenta propia o residencia con excepción de trabajo. Cada destino tiene requisitos y documentos propios.

¿Necesito visado para esta modificación?

Cuando la modificación encaja en el artículo 191.8 del Reglamento, se tramita sin visado. La excepción al visado no elimina los requisitos del destino ni confirma por sí sola que tu caso encaje en la Hoja 57.

¿Qué formulario se utiliza?

La Hoja 57 identifica el modelo EX-26. El modelo no sustituye la elección del destino: el contrato, el proyecto, los medios, el seguro, la excepción de trabajo y las tasas dependen de la autorización solicitada.

¿Puedo trabajar mientras resuelven?

No debes empezar a trabajar únicamente por haber presentado una modificación. Los efectos, el alta y la habilitación dependen del procedimiento y de la autorización aplicable; hay que confirmarlos antes de iniciar la actividad.

¿Es lo mismo que una residencia independiente?

No necesariamente. La residencia independiente por vínculo español o por reagrupación tiene supuestos y hojas propias. Si tu caso se basa en divorcio, fallecimiento, violencia, custodia o dependencia, conviene una revisión especializada.

Revisa la modificación antes de elegir formulario

La Hoja 57 reúne varios destinos, pero no todos parten del mismo régimen ni exigen las mismas pruebas. Ordena el cese y la autorización de destino antes de presentar.

Para empezar, nos ayuda saber

  1. 01Qué está ocurriendo ahora
  2. 02Si tienes una cita o una fecha próxima
  3. 03Qué documentos ya tienes
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