Extranjería · Modificación desde estudios

¿Has terminado tus estudios y quieres pasar a residencia y trabajo?

Revisa si tu titulación o certificado, tu situación en España y tu proyecto laboral encajan con una modificación por cuenta ajena o propia, sin confundirla con una prórroga o con la búsqueda de empleo.

La información pública es gratuita. El diagnóstico individual cuesta 49 € e incluye la revisión de tu situación, riesgos, documentación y siguientes pasos; si después contratas la gestión, se descuenta.

  • Revisión individual
  • Fuentes oficiales
  • Sin promesas falsas

En 30 segundos

Elige primero cuenta ajena o cuenta propia

La modificación no es una prórroga ni una residencia para buscar empleo: necesita revisar la vía laboral concreta.

Punto de partida
Estancia por estudios y titulación o certificado que permita modificar.
Dos rutas
Cuenta ajena con contrato o cuenta propia con actividad/proyecto y pruebas.
Formulario habitual
EX-26 y documentos de estudios, contrato o actividad según la ruta.
No es esta vía
Si todavía buscas empleo sin autorización de trabajo, revisa EXT-025.

Antes de empezar

¿Cuándo conviene revisar esta modificación?

La modificación parte de una autorización de estancia por estudios y de un objetivo laboral concreto. Primero hay que identificar si la vía es por cuenta ajena, por cuenta propia o una autorización distinta.

  • Has obtenido la titulación o certificado

    Has finalizado los estudios o la formación y puedes acreditar la titulación o certificado que habilita a revisar la modificación desde tu estancia.

  • Sigues en una situación documentable

    La solicitud se analiza desde España y conviene comprobar la vigencia de tu estancia, pasaporte, TIE y fecha de obtención de la titulación o certificado.

  • Tienes contrato o proyecto

    Puedes estar valorando un contrato por cuenta ajena o una actividad por cuenta propia con medios, cualificación, licencias y documentación que deben revisarse.

  • Estás dentro del plazo aplicable

    La norma permite estudiar la solicitud en los dos meses anteriores o los tres meses posteriores a la expiración de la estancia o a la obtención de la titulación o certificado, según el supuesto.

Modificar la estancia no es prorrogarla

La finalidad cambia de estudios a trabajo

Esta modificación transforma una estancia por estudios en una autorización de residencia y trabajo sin visado cuando se cumplen sus requisitos. No es la autorización inicial ni una prórroga, no es el trabajo compatible durante los estudios y tampoco es automáticamente la residencia para búsqueda de empleo o proyecto empresarial.

Requisitos y puntos clave

La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.

  • Titulación o certificado obtenido

    Debes acreditar que has obtenido la titulación o certificado exigible para el supuesto. También se comprueba que la estancia y los estudios pertenecen a una categoría que permite la modificación.

  • Cuenta ajena: contrato y actividad

    La oferta debe incluir un contrato firmado por empleador y persona trabajadora que garantice una actividad continuada y cumpla las condiciones laborales aplicables.

  • Cuenta propia: actividad y medios

    La vía por cuenta propia exige ordenar el proyecto o actividad, la cualificación o experiencia, los medios económicos, las licencias o registros y las demás condiciones que correspondan.

  • Condiciones generales y ausencia de impedimentos

    Se revisan antecedentes, orden público, seguridad, salud pública, situación de rechazable y otras condiciones generales previstas para la autorización.

  • Dos meses antes o tres meses después

    La solicitud puede presentarse durante los dos meses anteriores o los tres meses posteriores a la expiración de la estancia o a la obtención de la titulación o certificado, conforme al supuesto y a la norma vigente.

  • Duración y efectos provisionales

    La autorización concedida tiene una duración de un año. Una vez admitida la solicitud, pueden producirse efectos provisionales de residencia y trabajo hasta la resolución, que se pierden si el expediente se archiva, deniega o retira.

Documentación habitual

No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.

Ver documentación habitual
  1. Formulario oficial EX-26 de modificación de autorización de residencia o estancia, cumplimentado y firmado.01
  2. Pasaporte completo en vigor, TIE o autorización de estancia y prueba de la situación administrativa en España.02
  3. Título, certificado o acreditación de haber superado los estudios o la formación exigible para la modificación.03
  4. Cuenta ajena: contrato firmado, datos de la empresa y documentos que permitan comprobar la actividad continuada y las condiciones del puesto.04
  5. Cuenta propia: memoria o proyecto de actividad, medios económicos, cualificación o experiencia, licencias, registros y documentos del negocio cuando proceda.05
  6. Certificados de antecedentes penales y declaraciones o acreditaciones sobre becas o subvenciones cuando el procedimiento los exija.06
  7. Documentos extranjeros traducidos al castellano o lengua cooficial y legalizados o apostillados cuando corresponda.07
  8. Justificante de la tasa y documentación adicional que solicite la Oficina de Extranjería según el supuesto.08

La Hoja 58 y el artículo 190 son orientación general y se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. La oferta cubre un análisis y expediente estándar; contratos atípicos, actividad empresarial compleja, requerimientos, denegaciones, antecedentes o incidencias pueden exigir una derivación jurídica especializada o apoyo laboral/fiscal adicional.

Qué puedes esperar

El diagnóstico incluye

  • Revisión inicial de la estancia, titulación o certificado y objetivo laboral.
  • Diferenciación entre cuenta ajena, cuenta propia, prórroga y búsqueda de empleo.
  • Ordenación de EX-26, contrato o proyecto y documentos principales del expediente estándar.
  • Explicación del plazo, la presentación sin visado, los efectos provisionales y el siguiente paso.

Lo que no sustituye

  • No garantiza la admisión, la autorización, los efectos provisionales ni una resolución favorable.
  • No incluye complejidad laboral o empresarial adicional, fiscalidad, licencias, altas, selección de empleo ni gestión del negocio.
  • No incluye tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones ni costes de terceros.
  • No incluye prórrogas, recursos, requerimientos, denegaciones o representación jurídica especializada salvo propuesta expresa.

Así avanzamos contigo

  1. 01

    Identificamos tu punto de partida

    Comprobamos la autorización de estancia, las fechas, la titulación o certificado y si el supuesto se puede analizar desde España.

  2. 02

    Elegimos la vía laboral

    Comparamos contrato por cuenta ajena con actividad por cuenta propia y separamos la búsqueda de empleo o proyecto empresarial.

  3. 03

    Ordenamos el expediente

    Relacionamos EX-26, título, contrato o proyecto, medios, licencias, antecedentes, traducciones y tasa.

  4. 04

    Presentas con el alcance claro

    Te explicamos el plazo, la presentación sin visado, los efectos provisionales y cuándo conviene una revisión especializada.

Oferta comercial

Cambio de estudios a residencia y trabajo

Análisis y expediente estándar de cambio.

300 €

Incluye

  • Análisis y expediente estándar de cambio.

No incluye

  • Complejidad laboral o empresarial adicional.

Tasas y costes externos

  • Tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones y terceros, cuando correspondan.

¿Aún necesitas confirmar si esta vía encaja contigo? Solicita el diagnóstico de 49 €; si después contratas esta gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

Fuentes oficiales

Información revisada con fuentes oficiales

Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.

Contenido revisado en 29 de julio de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
22 de octubre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.

Mesa de orientación

Empieza por tu titulación y tu propuesta laboral

Cuéntanos qué estudios has terminado, cuándo obtuviste el certificado, cuándo caduca tu estancia y si tienes contrato o proyecto. Te explicamos el alcance antes de preparar el expediente.

  • Una primera conversación sobre estancia y titulación
  • Comparación entre cuenta ajena y cuenta propia
  • Siguiente paso explicado sin prometer la autorización

Enviar solicitud

La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.

El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

Respuestas antes de solicitar un diagnóstico.

¿Puedo cambiar a cuenta ajena o cuenta propia?

La normativa contempla ambas vías, pero no se elige solo por preferencia. Cuenta ajena exige revisar el contrato y la actividad del empleador; cuenta propia exige revisar el proyecto, medios, cualificación, licencias y demás requisitos.

¿Necesito salir de España o pedir un visado?

La modificación desde una autorización de estancia por estudios se solicita desde España y no funciona como un visado de entrada. Hay que comprobar que el supuesto y la situación de partida permiten presentar sin visado.

¿Qué plazo tengo para solicitarla?

El artículo 190 permite presentar durante los dos meses anteriores o los tres posteriores a la expiración de la estancia o a la obtención de la titulación o certificado, según el caso. La fecha concreta y sus efectos deben verificarse antes de presentar.

¿Qué pasa mientras resuelven?

Cuando la solicitud se admite a trámite pueden producirse efectos provisionales de residencia y trabajo hasta la resolución. Si el expediente se archiva, se deniega o se retira, esos efectos provisionales se pierden.

¿Es lo mismo que prorrogar la estancia?

No. La prórroga mantiene la finalidad de estudiar y exige acreditar continuidad. La modificación cambia la finalidad a residencia y trabajo y tiene requisitos de titulación, contrato o proyecto.

¿Puedo trabajar mientras estudio sin hacer este cambio?

En determinados estudios superiores puede existir habilitación para trabajar si la actividad es compatible y respeta los límites aplicables. Eso no equivale a una modificación y no debe confundirse con la autorización posterior de residencia y trabajo.

¿Es la misma vía que buscar empleo o desarrollar un proyecto empresarial?

No. La residencia para búsqueda de empleo o proyecto empresarial es otra autorización posterior a determinados estudios y objetivos. Si ya tienes un contrato o quieres iniciar una actividad, hay que comparar esa vía con la modificación del artículo 190.

¿La orientación garantiza que me concedan la autorización?

No. La información ayuda a ordenar el supuesto, pero la decisión corresponde a la Administración. Requerimientos, denegaciones, antecedentes, contratos complejos o proyectos empresariales pueden requerir una derivación jurídica especializada.

Ordena el cambio antes de presentar

La titulación, el contrato o proyecto y la fecha de tu estancia deben encajar. Revisa el supuesto antes de asumir costes o empezar una actividad.

Para empezar, nos ayuda saber

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